24h Baleares.

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El Supremo elimina la norma que requería reservar VTC en Mallorca con 30 minutos de anticipación.

El Supremo elimina la norma que requería reservar VTC en Mallorca con 30 minutos de anticipación.

En una decisión que marca un importante precedente en el ámbito del transporte en la comunidad balear, el Tribunal Supremo ha invalidado un artículo del decreto 46/2019. Esta normativa, que exigía a los usuarios reservar con un mínimo de 30 minutos de antelación los servicios de vehículos de transporte con conductor (VTC) en Mallorca, ha sido considerada por el alto tribunal como incompatible con el derecho a la libertad de empresa.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo dio la razón a las empresas que impugnaron esta restricción, argumentando que la obligación de reserva previa no cumplía con los principios de necesidad, adecuación y proporcionalidad que son requeridos por la legislación vigente. Esta sentencia pone de relieve las tensiones entre la regulación del sector del transporte y los derechos de las empresas que operan dentro de este marco.

El recurso que condujo a esta decisión se presentó en respuesta a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) emitida en 2021. Cabe mencionar que en septiembre, el Tribunal Constitucional respaldó de manera unánime la inconstitucionalidad planteada por el Supremo, señalando la relevancia del caso en el contexto del marco legal español.

El fallo del Tribunal Supremo también se alinea con un pronunciamiento anterior que realizaron en febrero de 2023 sobre un tema similar relacionado con las normativas del País Vasco. Sin embargo, en esta ocasión, las circunstancias eran diferentes, ya que la normativa objeto de controversia contaba con el respaldo de una ley autonómica, lo que añade un nivel adicional de complejidad a la interpretación legal en este ámbito.