La Junta Electoral Central ha ratificado la posible comisión de un delito electoral por parte de la candidata de Podemos a la Presidencia de Baleares, Antonia Jover, quien pidió el voto para su lista el día de la votación, incumpliendo el artículo 53 de la Ley Electoral. La Junta Electoral de Baleares remitió el asunto a la Fiscalía, y la JEC desestimó el recurso de Unidas Podemos.
El mensaje difundido por Jover a través de su cuenta de Twitter el día de la votación animaba a votar para poder reeditar el pacto de progreso por cuatro años más, lo que la JEC considera un acto de propaganda electoral en infracción del artículo 53 de la LOREG.
La ley prevé penas de tres meses a un año de prisión o multa de seis a 24 meses por hacer propaganda tras finalizar la campaña electoral. En sus alegaciones, Jover argumentó que el tuit estaba protegido por su derecho a la libertad de expresión, pero la JEC le recordó que este derecho está limitado durante el período electoral.
Además, la JEC sugiere que la difusión del tuit a través de una cuenta privada de Twitter carece de relevancia, ya que lo importante es su difusión en una red social. Jover podrá recurrir esta decisión mediante un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
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