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Islas Baleares 24 de Marzo de 2026 · 13:03h 3 min de lectura

Cort modifica la regulación de la ZBE para autorizar el paso de coches con matrícula internacional.

PALMA, 24 de marzo. El Ayuntamiento de Palma ha introducido cambios significativos en la normativa que regula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), permitiendo así la circulación de vehículos con matrícula extranjera que cumplan los criterios de sostenibilidad ambiental establecidos por el Consistorio.

Según el anuncio oficial, los automóviles con matrícula extranjera que deseen acceder a la ZBE de Palma deberán inscribirse previamente en el Registro Municipal, asegurando que se respetan los estándares ambientales exigidos para poder operar en la zona.

Una vez realizada la inscripción, los conductores recibirán una autorización válida por 30 días naturales, contados desde la fecha solicitada para el acceso a la zona restringida.

Es fundamental recordar que sin este permiso previo, no se permitirá la entrada a la ZBE, por lo que se exigirá realizar la solicitud con al menos cinco días de antelación. Para facilitar este proceso, el formulario correspondiente estará disponible en la web mobipalma.mobi.

Al completar el formulario, los solicitantes deberán aportar documentación como el pasaporte o NIE, el permiso de conducir, la ficha técnica del vehículo y la prueba de titularidad. También se debe incluir un justificante de entrada a la isla a través de un pasaje.

En el caso de vehículos bajo contratos de renting o leasing, será necesario adjuntar una copia del contrato a nombre del solicitante.

Esta modificación responde a la reciente clarificación de la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre la equivalencia de los distintivos ambientales entre varios países europeos, incluyendo a España, Alemania, Austria, Francia y Dinamarca.

De este modo, el Ayuntamiento ha alineado su normativa de la ZBE con estas nuevas pautas, dado que la interpretación que se tenía durante el desarrollo del proyecto y la ordenanza anterior era diferente.

Sin embargo, desde la DGT subrayan que las equivalencias no garantizan el libre tránsito en todas las ciudades, por lo que se debe solicitar una autorización específica y consultar las páginas web de los respectivos ayuntamientos para conocer los requisitos actualizados para los vehículos extranjeros.

Con la implementación de esta modificación, actualmente vigente tras su publicación en el BOIB, se mantienen las condiciones para los vehículos de residentes empadronados en la ZBE y titulares de negocios, garajes o propiedades en la zona, quienes podrán solicitar un permiso de hasta seis meses si cumplen con los estándares ambientales.

La nueva regulación permite también que los vehículos extranjeros no empadronados puedan solicitar una autorización temporal, siempre y cuando satisfagan los requisitos ambientales EURO correspondientes al período de acceso solicitado.

Además, la normativa se amplía para incluir permisos de acompañamiento o recogida, que ahora se extienden a todos los menores de edad y no solo a aquellos menores de 12 años.

Finalmente, es importante destacar que el régimen sancionador de la ZBE, que entró en vigor el 1 de julio, se implementará de manera gradual. Hasta diciembre de 2026, podrán circular todos los vehículos con distintivos B, C, ECO y 0, así como motocicletas. Entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2029, la circulación se restringirá a vehículos con distintivos C, ECO y 0. A partir del 1 de enero de 2030, la circulación quedará limitada a los vehículos con distintivos ECO y 0, además de aquellos que cuenten con solicitud de autorización en los períodos anteriores.

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