En una decisión que ha generado controversia en el ámbito judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha ratificado la absolución de una interiorista acusada de apropiarse de una considerable suma de dinero de la empresa con la que colaboraba. La sentencia de la Audiencia Provincial de Palma, que eximió a la decoradora de un delito de apropiación indebida, ha sido confirmada por el TSJIB.
La colaboración profesional entre la interiorista y una empresa dedicada a la reforma y rehabilitación de viviendas se inició a finales de 2015 y se extendió hasta julio de 2017, periodo durante el cual la decoradora refería clientes a la empresa para que contratasen directamente los servicios de esta.
Tras verse envuelta en un concurso de acreedores, el administrador de la empresa comenzó a reclamar judicialmente a diferentes clientes cantidades que consideraba que le adeudaban, presentando una querella contra la interiorista por supuesta apropiación indebida de fondos. La Sala del TSJIB ha destacado la "caótica contabilidad" llevada por el administrador único de la empresa, así como el hecho de que este reconociese cobros en efectivo que no se reflejaban en los registros contables.
Los magistrados también han señalado la situación de "rehacer la contabilidad después de dos o tres años" para reclamar pagos pendientes, así como la práctica de pagar a trabajadores en efectivo dentro de sobres, factores que ponen en duda la veracidad de las acusaciones presentadas. En consecuencia, el tribunal ha confirmado la absolución de la interiorista y ha impuesto costas al apelante.
Es importante tener en cuenta que la sentencia no es firme y que cabe la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Esta decisión del TSJIB ha levantado debate en torno a la transparencia en las prácticas contables de las empresas y la responsabilidad de los administradores en la gestión de los recursos financieros.
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