En una decisión que marca un hito para la protección del territorio y el impulso de un turismo sostenible, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha respaldado la prohibición de los alquileres turísticos en suelo rústico dictada por el pleno del Consell de Mallorca el pasado 9 de julio de 2020.
La medida, que fue aprobada definitivamente con el visto bueno de la institución insular presidida entonces por la socialista Catalina Cladera, forma parte del Plan de Intervención de Ámbitos Turísticos en Mallorca (PIAT), el cual ha sido objeto de controversia por parte de la asociación de viviendas de alquiler vacacional Habtur.
En respuesta al recurso presentado por Habtur, que alegaba que el PIAT vulneraba la libertad de prestación de servicios y favorecía a los operadores consolidados en detrimento de un sector concreto del alojamiento vacacional, la Sala ha afirmado que las limitaciones cuestionadas se ajustan a lo estipulado en la ley balear de comercialización de estancias turísticas en viviendas.
Los representantes de Habtur argumentaron que, desde un punto de vista técnico, los fundamentos del PIAT carecían de proporción y justificación, además de que los datos utilizados para respaldar las restricciones estaban desactualizados y carentes de sustento.
Sin embargo, el TSJIB ha valorado positivamente la delimitación por zonas propuesta en el acuerdo del Consell de Mallorca, considerando que se ajusta a las condiciones singulares de cada área y cumple con los criterios de proporcionalidad, claridad, objetividad, transparencia, accesibilidad y antelación establecidos.
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