El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha sentenciado que los farmacéuticos no pueden ofrecer servicios de dietética o nutrición en sus establecimientos solo con poseer un título de máster oficial en nutrición, a pesar de lo que indicaba la Conselleria de Salud en dos ocasiones anteriores.
Esta decisión fue tomada en respuesta a un contencioso administrativo presentado por el Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de Baleares (Condib) contra la Conselleria, luego de que el Govern permitiera a dos farmacéuticos ofrecer servicios de nutrición en base a su máster.
Según el Condib, la Conselleria no había otorgado más autorizaciones desde entonces, pero tampoco había retirado las dos existentes, hasta la sentencia del TSJIB que ahora exige que los farmacéuticos estén colegiados en el Condib y además sean graduados o diplomados en dietética y nutrición.
El Colegio ha destacado que esta problemática se remonta a 2013, cuando la Dirección General de Farmacia señaló que un máster bastaba para ofrecer estos servicios, desatando así una larga lucha que finalmente se ha saldado con esta "histórica" sentencia.
La resolución, que aún puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, podría influir en otros centros sanitarios de Baleares que cuentan con autorización para brindar servicios de dietética y nutrición a través de profesionales con máster en la materia, según el Condib.
Ante esta situación, el Colegio tiene previsto reunirse con la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación de la Conselleria para evaluar la sentencia y establecer medidas para aplicarla a las nuevas consultas autorizadas, así como para planificar su implementación en las consultas ya autorizadas con profesionales que no sean dietistas-nutricionistas.
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