El concierto al Aixa-Llaüt se prorroga por un año para proteger a familias y profesorado de un posible "perjuicio grave" en Educación.
La Conselleria de Educación y Universidades ha decidido prorrogar por un año el concierto al colegio Aixa-Llaüt, según una resolución respaldada por el artículo 44 del Real Decreto 2377/1985. Esta medida ha sido tomada en base al informe de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, el cual destaca la posibilidad de otorgar una prórroga de un año a pesar de haber negado inicialmente el concierto.
La decisión de conceder esta prórroga excepcional se debe a que el curso escolar ya ha comenzado y con el objetivo de evitar perjuicios a las familias y al personal docente. Cabe mencionar que Educación solicitó el informe a la Abogacía de la Comunidad para resolver el recurso de alzada presentado por el colegio Aixa-Llaüt ante la negación del concierto. A pesar de que el informe reafirma la necesidad de coeducación para mantener el concierto, abre la posibilidad de una prórroga de un año según el mencionado decreto.
En septiembre, el vicepresidente del Govern y conseller de Economía, Hacienda e Innovación, Antoni Costa, desmintió los rumores de que se había eliminado al colegio Aixa-Llaüt del concierto económico y aseguró que el Gobierno estudiaría todas las opciones para entablar negociaciones con el centro educativo.
En este sentido, se transmitió un mensaje de tranquilidad a los padres, docentes y estudiantes del colegio, y se insistió en que el concierto no estaba roto ya que el proceso todavía no estaba cerrado. Además, se aseguró que la permanencia del concierto económico con un colegio segregado por sexos no iría en contra de la LOMLOE.
Por otro lado, desde la Conselleria de Educación se aclaró que el concierto con el colegio Aixa-Llaüt estaba pendiente del recurso de alzada presentado por el centro. También se señaló que el pago de los conciertos no siempre se realiza al comienzo del curso y que, en caso de una resolución favorable al colegio en el recurso de alzada, se les deberá pagar retroactivamente si la Conselleria no ha efectuado los pagos hasta entonces.
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