En la ciudad de Palma, el abogado de Pau Rigo ha tomado medidas legales al presentar un escrito solicitando la suspensión de la fecha fijada para la repetición del juicio contra el anciano de Porreres que mató a un ladrón en su casa en 2018.
Originalmente programado para el 5 de noviembre, el segundo juicio ha sido cuestionado por la defensa de Rigo debido a conflictos de agenda con otra causa fuera de la isla. Se ha pedido la suspensión, aún pendiente de respuesta, y se ha solicitado la coordinación de las agendas de todas las partes involucradas.
Es importante recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ordenó la repetición del juicio al anular la sentencia que absolvía al jubilado, siguiendo un recurso presentado por la Fiscalía.
Los acontecimientos que se juzgan se remontan a febrero de 2018 en una casa de campo en Porreres. Pau Rigo, entonces de 78 años, enfrenta cargos por homicidio tras la muerte de uno de los asaltantes. También están en juicio otros tres hombres: dos vecinos de Campos acusados de planear el robo y un tercero encargado de llevar a cabo el atraco, hermano gemelo del ladrón fallecido.
En medio del segundo asalto sufrido por la pareja de ancianos en su aislada casa de campo, Rigo logró hacerse con una escopeta de caza y disparó contra uno de los intrusos, causándole la muerte.
La controversia surgió por la redacción de una proposición en el veredicto entregado al Jurado. A pesar de que inicialmente se interpretó como condenatoria, la absolución de Rigo fue dictada posteriormente por la magistrada, basándose en la interpretación del Jurado de que el anciano no disparó con intención de matar al ladrón.
El debate se centró en otra parte del veredicto, donde el Jurado concluyó que Rigo era culpable de matar al ladrón en medio de una amenaza grave que afectó su entendimiento y voluntad. A pesar de los cinco votos a favor, no se alcanzó la mayoría para una condena, lo que llevó a la absolución final del acusado.
La defensa de Rigo argumentó que la redacción del veredicto sugiere circunstancias atenuantes en caso de que se hubiera probado el homicidio, y dado que no hubo mayoría para una condena, la absolución era la conclusión lógica. A pesar de esto, la Fiscalía recurrió la sentencia y se ordenó la repetición del juicio por el TSJIB.
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