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Confirmada condena a empresario por muerte de trabajador en Mallorca: Supremo.

Confirmada condena a empresario por muerte de trabajador en Mallorca: Supremo.

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de tres meses de cárcel y multa para un empresario por la muerte de un trabajador en una empresa de transportes en Mallorca. Esta noticia pone de manifiesto una vez más la importancia de garantizar la seguridad laboral y la responsabilidad de los empleadores en caso de accidentes laborales.

El accidente tuvo lugar en octubre de 2017. El trabajador se encontraba realizando una tarea que implicaba cargar una pesada estufa desde una ventana a una plataforma de madera sobre una carretilla elevadora. Sin embargo, el peso de la estufa fue demasiado y el trabajador cayó al vacío, sufriendo graves lesiones.

En este caso, la sentencia ha determinado que el empresario tenía responsabilidad en la creación de un "grave riesgo para la vida e integridad de los trabajadores". El tribunal consideró que el empresario ordenó al trabajador retirar los muebles y enseres sin establecer un procedimiento de trabajo seguro ni proporcionar los medios necesarios para realizar la tarea de manera segura.

Aunque la sentencia no encontró pruebas suficientes de que el empresario intentara ocultar el accidente o evitar su responsabilidad, sí dejó claro que el empresario falló en garantizar la seguridad en el lugar de trabajo. Además, se señaló que el trabajador también tuvo parte de responsabilidad por actuar de manera negligente al no utilizar los elementos de sujeción disponibles.

El resultado trágico de este accidente fue la paraplejia y posterior fallecimiento del trabajador. La sentencia concedió indemnizaciones de más de 360.000 euros para la viuda y sus dos hijos, reconociendo así el profundo impacto emocional y económico que esta tragedia ha tenido en la familia.

Vale la pena destacar que la condena inicial impuesta por el Juzgado fue de seis meses de cárcel, pero fue reducida a tres meses por la Audiencia al eliminar el delito de homicidio imprudente y concentrarse en el delito contra la seguridad de los trabajadores. Esta decisión refleja la importancia de tomar en consideración todos los detalles y circunstancias de cada caso para determinar la responsabilidad penal adecuada.

En conclusión, este caso subraya la necesidad de un enfoque más riguroso en la protección de la seguridad laboral y la responsabilidad de los empleadores en garantizar condiciones de trabajo seguras. La justicia ha hablado y ha dejado en claro que los empresarios deben responder por sus acciones y asegurarse de que los trabajadores estén protegidos en sus lugares de trabajo.

En su revisión de la sentencia, el Tribunal Supremo ha retirado una atenuante de reparación del daño por los 3.000 euros que la esposa del acusado consignó antes del juicio, argumentando que esta cantidad no representa una reparación significativa. Sin embargo, esta modificación no ha alterado la pena impuesta, lo que refuerza el mensaje de que la seguridad laboral debe ser una prioridad indiscutible.